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TARY CUYANA GARZÓN LANDÍNEZ
ISSN 1657-6535 | e-ISSN 2805-993X
Uno de los grandes logros de la agenda feminista ha sido promover la
definición y el reconocimiento del derecho al cuidado, entendido como aquel
a recibir cuidados, a cuidar y al autocuidado; definición que reconoce este
derecho en relación con las personas prestadoras, receptoras o titulares del
cuidado. De esta manera, el derecho al cuidado se vincula con los conceptos
de vida digna, bienestar y protección de las familias (Pautassi, 2023, p. 6).
Cabe anotar que, si bien en el marco internacional se encuentran distintos
instrumentos que reconocen algunos aspectos del derecho al cuidado, como
la protección de la maternidad y la infancia, la garantía de los derechos de las
personas con discapacidad, la garantía de la no violencia contra las mujeres,
entre otros, no fue sino hasta el año 2015, con la Convención Interamericana
sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que
se reconoció abiertamente el derecho al cuidado e impusieron obligaciones
a los Estados (arts. 2, 3, 6, 11, 12, 19 y 24). Estas deben ser cumplidas “en el
marco de la definición de políticas universales, transversales, con presupuestos
regulares e implementadas con enfoque de género, en interdependencia con
el conjunto de derechos económicos, sociales y culturales (DESC) y civiles y
políticos (DCP)” (Pautassi, 2023, p. 7).
Este reconocimiento expreso del derecho al cuidado para los ancianos impone
nuevos retos en la manera en que se plantean las relaciones de cuidado, como
en el caso de Octavia, a través del cual se evidencian las complejidades y los
alcances del derecho al cuidado en la vejez, así como los costos que este supone
para las cuidadoras. Cabe resaltar que el proceso de envejecimiento poblacional
que se experimenta actualmente en América Latina tiene características que
resultan de especial relevancia en términos del cuidado. En primer lugar, se
proyecta que la proporción de personas mayores de 60 años se cuadriplicará
para 2050, lo que significa que una de cada cuatro personas en la región
superará esta edad (Huenchuan, 2009, p. 61). En Colombia, pasamos del 4,9%
de la población mayor de 60 años en 1964 al 13,8% en 2020, y se proyecta que
para el 2030 alcance el 16% (Ministerio de Salud y Protección Social, 2022).
Esta transición demográfica refleja una reducción sostenida en los niveles de
mortalidad, seguida de un declive de la fertilidad (Turra y Fernandes, 2021, p.
11), fenómenos que se están presentando de manera más acelerada en la región
que lo ocurrido en Europa.
La segunda característica tiene que ver con la mayor vulnerabilidad económica
que sufren las personas mayores, pues, en el contexto latinoamericano, la